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Cómo reclamar al concesionario o taller de motos
3 participantes
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Cómo reclamar al concesionario o taller de motos
Cuando compras una moto nueva o usada, así como tras haber acudido a un taller a repararla o revisarla, tienes una serie de derechos en el caso de no quedar satisfecho con el servicio recibido. Por supuesto, también tienes algunas obligaciones.
Cuando uno compra una moto sólo piensa en dar su primera vuelta, pero a veces surgen problemas a los que no siempre se les da solución de la manera que queremos. Entonces toca reclamar.
El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre regula los derechos y obligaciones de los consumidores y usuarios. Los artículos que más nos interesan son los que van a partir del 118 de esta norma.
Para reclamar a una tienda o a un concesionario, no tienes más que dirigirte a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de tu localidad, o la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma.
En muchas de estas oficinas encontrarás un modelo de formulario con el que podrás reclamar. Basta con que se exponga de forma clara lo que ha pasado y se identifique correctamente a las partes (el establecimiento y tú mismo).
Los establecimientos están obligados a poner a disposición del cliente la Hoja de Reclamaciones. En ella hay que poner igualmente el problema y cuál es la solución que entiendes es la más adecuada. El concesionario se queda una copia y tú dos (una de ellas para Consumo).
Los trámites para reclamar son exactamente los mismos, independientemente de que se trate de una moto nueva, usada o la reparación de una avería.
Si además de que te solventen el problema quieres pedir una indemnización por daños y perjuicios, entonces tendrás que acudir a la justicia. En este caso ya tendrás que gastarte dinero en abogados.
Recuerda
•Siempre es recomendable intentar solucionar el problema por las buenas, sin necesidad de presentar reclamaciones.
•Tanto en la Hoja de Reclamaciones como en Consumo, hay que redactar el texto sin faltar el respeto y con educación. Recuerda que se trata de un trámite oficial.
•Cuando te acojas a una ampliación de la garantía de tu moto (muy habitual en los coches), mira bien las condiciones, pues es posible que varíen respecto a la garantía oficial.
Cuando uno compra una moto sólo piensa en dar su primera vuelta, pero a veces surgen problemas a los que no siempre se les da solución de la manera que queremos. Entonces toca reclamar.
El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre regula los derechos y obligaciones de los consumidores y usuarios. Los artículos que más nos interesan son los que van a partir del 118 de esta norma.
Para reclamar a una tienda o a un concesionario, no tienes más que dirigirte a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de tu localidad, o la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma.
En muchas de estas oficinas encontrarás un modelo de formulario con el que podrás reclamar. Basta con que se exponga de forma clara lo que ha pasado y se identifique correctamente a las partes (el establecimiento y tú mismo).
Los establecimientos están obligados a poner a disposición del cliente la Hoja de Reclamaciones. En ella hay que poner igualmente el problema y cuál es la solución que entiendes es la más adecuada. El concesionario se queda una copia y tú dos (una de ellas para Consumo).
Los trámites para reclamar son exactamente los mismos, independientemente de que se trate de una moto nueva, usada o la reparación de una avería.
Si además de que te solventen el problema quieres pedir una indemnización por daños y perjuicios, entonces tendrás que acudir a la justicia. En este caso ya tendrás que gastarte dinero en abogados.
Recuerda
•Siempre es recomendable intentar solucionar el problema por las buenas, sin necesidad de presentar reclamaciones.
•Tanto en la Hoja de Reclamaciones como en Consumo, hay que redactar el texto sin faltar el respeto y con educación. Recuerda que se trata de un trámite oficial.
•Cuando te acojas a una ampliación de la garantía de tu moto (muy habitual en los coches), mira bien las condiciones, pues es posible que varíen respecto a la garantía oficial.
Masíl- Admin
- Mensajes : 4425
Fecha de inscripción : 22/02/2010
Edad : 55
Localización : Las Palmas de Gran Canaria
Re: Cómo reclamar al concesionario o taller de motos
y cada dia hay mas quejas porq los talleres a razon de la cisis quieren compensarlo timando a los usuarios diciendoles q tienen q cambiar tal y cual q esta roto y lo cual no es cierto
no todos los talleres pero si la mitad de ellos,q os hagan un presupuesto de la reparacion y decirles q si se va a salir del presupuesto q nos llamen antes
no todos los talleres pero si la mitad de ellos,q os hagan un presupuesto de la reparacion y decirles q si se va a salir del presupuesto q nos llamen antes
jorgennager- Motero Sexy
- Mensajes : 1766
Fecha de inscripción : 24/03/2010
Edad : 52
Localización : BARCELONA
Re: Cómo reclamar al concesionario o taller de motos
Mi opiniión sobre las Oficinas Municipales de Información al Consumidor y esto es más bien aclaratorio es la siguiente:
Dichas "Oficinas" no tienen ningun poder, ni administrativo ni económico sobre ningúna empresa dentro de su ámbito territorial con respecto a reclamaciones contractuales. Lo único que hacen es notificar a la parte reclamada y comunicarle que el ayuntamineto de la localidad toma nota de la actuación. Si dicha empresa o negocio acumula muchas denuncias, es cuando le pueden poner una sanción administrativa, pero por el cúmulo de denuncias. Son organismos puramente conciliadores.
Previo a la demanda judicial y por propia experiencia en varios casos, lo más práctico es la negociación y hay varios pasos para ella.
Como cliente tenemos unas medidas que en ningún momento creen que las vamos a utilizar y son medidas de presión que le pueden perjudicar económicamente en el desarrollo de su actuación mercantil y eso no hay empresa que lo aguante, ya que se le corta la entrada de capital y acaban pidiendo por favor la negociación.
Consiste en hacer lo mismo que hacen esas empresas como "EL COBRADOR DEL FRAC". Te pones delante del negocio con una pancarta y haces octavillas informativas que entregas a cada cliente o posible cliente con un detalle muy resumido del hecho causante de la reclamación, aludiendo a la desconfianza y mala praxis que contigo han tenido.
Deverás llevar otro panfleto para entregarlo a la autoridad competente que se presente con el siguiente texto:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Libertad de información
Constitución Española. – Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PORQUE ESTÁS EJERCIENDO UN DERECHO.
A MI LA GUARDIA CIVIL, HASTA ME AYUDÓ. Y los del negocio vieron que tenía su apoyo en mi actuación.
Y si el del negocio ante el que estás te ha hablado o se ha dirigido a tí de malas maneras comunicárselo a la autoridad, aduciendo que temes por tu integridad personal.
Es más rápido, efectivo y rentable que la vía judicial que nunca se sabe si aún teniendo razón, vas a ganar....
¡En pleitos te veas y los ganes!
Y HAY MUCHAS OTRAS FORMAS...... ESO SI, SIEMPRE VÉ VESTIDO DE MOTERO Y NUNCA VAYAS SOLO.
Dichas "Oficinas" no tienen ningun poder, ni administrativo ni económico sobre ningúna empresa dentro de su ámbito territorial con respecto a reclamaciones contractuales. Lo único que hacen es notificar a la parte reclamada y comunicarle que el ayuntamineto de la localidad toma nota de la actuación. Si dicha empresa o negocio acumula muchas denuncias, es cuando le pueden poner una sanción administrativa, pero por el cúmulo de denuncias. Son organismos puramente conciliadores.
Previo a la demanda judicial y por propia experiencia en varios casos, lo más práctico es la negociación y hay varios pasos para ella.
Como cliente tenemos unas medidas que en ningún momento creen que las vamos a utilizar y son medidas de presión que le pueden perjudicar económicamente en el desarrollo de su actuación mercantil y eso no hay empresa que lo aguante, ya que se le corta la entrada de capital y acaban pidiendo por favor la negociación.
Consiste en hacer lo mismo que hacen esas empresas como "EL COBRADOR DEL FRAC". Te pones delante del negocio con una pancarta y haces octavillas informativas que entregas a cada cliente o posible cliente con un detalle muy resumido del hecho causante de la reclamación, aludiendo a la desconfianza y mala praxis que contigo han tenido.
Deverás llevar otro panfleto para entregarlo a la autoridad competente que se presente con el siguiente texto:
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Libertad de información
Constitución Española. – Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
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PORQUE ESTÁS EJERCIENDO UN DERECHO.
A MI LA GUARDIA CIVIL, HASTA ME AYUDÓ. Y los del negocio vieron que tenía su apoyo en mi actuación.
Y si el del negocio ante el que estás te ha hablado o se ha dirigido a tí de malas maneras comunicárselo a la autoridad, aduciendo que temes por tu integridad personal.
Es más rápido, efectivo y rentable que la vía judicial que nunca se sabe si aún teniendo razón, vas a ganar....
¡En pleitos te veas y los ganes!
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