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Recursos de multas de tráfico
3 participantes
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Recursos de multas de tráfico
Administración premia a los «infractores» que pagan pronto sus multas. Ahora bien, si estás convencido de tu inocencia o ves irregularidades en la notifi cación, recurre. Igual te ahorras el total.
Todas las multas son recurribles, sin excepción. Eso no significa que siempre vayas a tener éxito si decides recurrirla.
Lo más importante es que puedas demostrar que eres inocente, ya sea mediante testigos, fotografías... Los agentes cuentan con la presunción de veracidad.
Lo primero que tienes que pedir en las alegaciones es que la Administración pruebe que existe la infracción (fotografías, por ejemplo).
En caso de que te lo demuestre, tendrás que intentarlo alegando defectos de forma: foto borrosa o que aparecen más vehículos y era otro el que corría, datos incorrectos (matrícula, color...).
Es posible, aunque poco probable, que la notificación llegue fuera de plazo. Este plazo depende del tipo de multa (muy grave, grave o leve).
En cuanto a las multas por exceso de velocidad, ésta no será válida si el aparato no se ha sometido a los preceptivos controles metrológicos.
Un motivo de alegación formal es el de que no aparezcan en el boletín los puntos que conlleva la multa.
Recurrir es muy sencillo. Buscando en internet encontrarás muchos modelos base en los que sólo tendrás que rellenar algunos datos.
Si aún así te parece complicado, puedes consultar con alguna de las muchas compañías que se dedican a los recursos de multas. Es posible, incluso, que tengas incluido este servicio en tu póliza de seguros o de asistencia en carretera.
Recuerda:
•Firmar o no la denuncia es indiferente pues en ningún caso significa que estés conforme con la misma y no afecta a la hora de presentar alegaciones.
•Si decides no recurrir ni pagar, la Administración puede embargarte.
•Para que un agente tenga presunción de veracidad debe ser competente en la vía en la que te hayan denunciado. Un guardia civil, por ejemplo, es como una persona normal en una calle de tu localidad. Lo mismo que un municipal en una autopista.
•Para ser denunciado por exceso de velocidad, siempre es necesario que haya un radar. Si no lo tiene, es posible que acabes siendo denunciado por conducción temeraria.
•Lee la denuncia cuando te llegue a casa, buscando posibles errores en los datos (matrícula, marca...).
Y suerte si te escapas de un multa.
Todas las multas son recurribles, sin excepción. Eso no significa que siempre vayas a tener éxito si decides recurrirla.
Lo más importante es que puedas demostrar que eres inocente, ya sea mediante testigos, fotografías... Los agentes cuentan con la presunción de veracidad.
Lo primero que tienes que pedir en las alegaciones es que la Administración pruebe que existe la infracción (fotografías, por ejemplo).
En caso de que te lo demuestre, tendrás que intentarlo alegando defectos de forma: foto borrosa o que aparecen más vehículos y era otro el que corría, datos incorrectos (matrícula, color...).
Es posible, aunque poco probable, que la notificación llegue fuera de plazo. Este plazo depende del tipo de multa (muy grave, grave o leve).
En cuanto a las multas por exceso de velocidad, ésta no será válida si el aparato no se ha sometido a los preceptivos controles metrológicos.
Un motivo de alegación formal es el de que no aparezcan en el boletín los puntos que conlleva la multa.
Recurrir es muy sencillo. Buscando en internet encontrarás muchos modelos base en los que sólo tendrás que rellenar algunos datos.
Si aún así te parece complicado, puedes consultar con alguna de las muchas compañías que se dedican a los recursos de multas. Es posible, incluso, que tengas incluido este servicio en tu póliza de seguros o de asistencia en carretera.
Recuerda:
•Firmar o no la denuncia es indiferente pues en ningún caso significa que estés conforme con la misma y no afecta a la hora de presentar alegaciones.
•Si decides no recurrir ni pagar, la Administración puede embargarte.
•Para que un agente tenga presunción de veracidad debe ser competente en la vía en la que te hayan denunciado. Un guardia civil, por ejemplo, es como una persona normal en una calle de tu localidad. Lo mismo que un municipal en una autopista.
•Para ser denunciado por exceso de velocidad, siempre es necesario que haya un radar. Si no lo tiene, es posible que acabes siendo denunciado por conducción temeraria.
•Lee la denuncia cuando te llegue a casa, buscando posibles errores en los datos (matrícula, marca...).
Y suerte si te escapas de un multa.
Masíl- Admin
- Mensajes : 4425
Fecha de inscripción : 22/02/2010
Edad : 55
Localización : Las Palmas de Gran Canaria
Re: Recursos de multas de tráfico
lo mejor para las multas es.....notenerlas,portarse bien y hacer caso de las señales y velocidades o hacer como yo pagar cada mes 50€ a unos especialistas en temas de gestion de multas,sanciones,puntos etccc....,pero yo porq vivo de mi carnet de conducir
recurrir una multa es para mi una perdida de tiempo si no tienes lo anteriormente citado,es mejor pagarla antes de 15 dias q solo es el 50%,si fuera una multa muy gorda o con perdida de muchos puntos pues si vale la pena intentar recurrirla
recurrir una multa es para mi una perdida de tiempo si no tienes lo anteriormente citado,es mejor pagarla antes de 15 dias q solo es el 50%,si fuera una multa muy gorda o con perdida de muchos puntos pues si vale la pena intentar recurrirla
jorgennager- Motero Sexy
- Mensajes : 1766
Fecha de inscripción : 24/03/2010
Edad : 52
Localización : BARCELONA
Re: Recursos de multas de tráfico
Masíl escribió:
•Para que un agente tenga presunción de veracidad debe ser competente en la vía en la que te hayan denunciado. Un guardia civil, por ejemplo, es como una persona normal en una calle de tu localidad. Lo mismo que un municipal en una autopista.
Por lo que me explicó un colega eso no es del todo así, es cierto que un Policía Local no tiene competencias en vía interurbana, pero un Guardia Civil sea de tráfico o no sí que tiene en casco urbano, otra cosa es a quien corresponde la competencia sancionadora. Un ejemplo, te denuncian por ir sin casco en carretera, te sanciona la DGT a través de la Jefatura Provincial correspondiente; el otro caso, te denuncian por ir sin casco en población, te sanciona el Alcalde, es decir, dependiendo de un caso u otro, el dinero irá para el Estado o para el Ayuntamiento.
Pumuki- Corre rectas
- Mensajes : 167
Fecha de inscripción : 13/07/2010
Edad : 53
Localización : España
Re: Recursos de multas de tráfico
Por lo que me explicó un colega eso no es del todo así, es cierto que un Policía Local no tiene competencias en vía interurbana, pero un Guardia Civil sea de tráfico o no sí que tiene en casco urbano, otra cosa es a quien corresponde la competencia sancionadora. Un ejemplo, te denuncian por ir sin casco en carretera, te sanciona la DGT a través de la Jefatura Provincial correspondiente; el otro caso, te denuncian por ir sin casco en población, te sanciona el Alcalde, es decir, dependiendo de un caso u otro, el dinero irá para el Estado o para el Ayuntamiento.
yo creo q sera asi,aunq no le compita la sancion pasara a quien si le compita y seras sancionado
jorgennager- Motero Sexy
- Mensajes : 1766
Fecha de inscripción : 24/03/2010
Edad : 52
Localización : BARCELONA
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